La Comisión Europea (CE) aprobó hoy una normativa
que permite el uso de los escáneres corporales en los aeropuertos,
aunque con varias exigencias para salvaguardar la privacidad de los
pasajeros, como la obligación de que quien visualice las imágenes esté
en una sala separada del control de seguridad.
Los Estados miembros o aeropuertos que decidan
hacer uso de esta tecnología, que ofrece una imagen muy detallada de los
cuerpos de los pasajeros y permiten controlar los objetos no metálicos
que porten, deberán ajustarse a los "estrictos" estándares comunitarios,
según anunció en rueda de prensa la portavoz de Transporte de la CE,
Helen Kearns.
Hasta ahora, el uso de los escáneres corporales se
regía por las normativas nacionales de los Veintisiete, aunque sólo
Reino Unido y Holanda han introducido su uso habitual, y otros países,
como Francia, Finlandia o Italia, los han probado de manera puntual.
"Los escáneres de seguridad no son la panacea,
pero ofrecen una posibilidad real de reforzar la seguridad de los
pasajeros", aseguró el comisario de Transporte, Siim Kallas, en un
comunicado en el que se destaca el "valor añadido" de este método, que
permitiría reducir los cacheos y ganar tiempo en los controles.
Sobre las preocupación respecto a que estos
escáneres resulten intrusivos, la CE recalcó que las imágenes producidas
por los escáneres no podrán ser almacenadas, copiadas, imprimidas,
conservadas o recuperadas y que "cualquier acceso no autorizado de la
imagen está prohibido y debe ser evitado".
La nueva normativa no introduce limitaciones sobre
si la imagen mostrada por el escáner debe ser de cuerpo entero o no, ya
que por el momento sólo hay una empresa que comercializa máquinas que
desdibujan la cara de los pasajeros analizados, según explicó la CE.
Sin embargo, en caso de que la persona sea
reconocible en la imagen, el responsable de seguridad a cargo de la
visualización deberá hallarse en una habitación separada de la zona de
control, de modo que se evite que pueda relacionarla con quien cruce el
escáner.
Los pasajeros deberán tener la posibilidad de no
pasar por los escáneres corporales si no lo desean, pero deberán
entonces optar a un "método alternativo de chequeo" que no se
especifica; por otra parte, deberán ser informados de las condiciones en
las que se realiza el control por escáner de seguridad.
"Hasta la fecha los pasajeros y los trabajadores
de los aeropuertos por lo general consideran esta tecnología como un
método conveniente de chequeo", afirmó Kallas.
La polémica que suscita el uso de esta tecnología
ha llevado a la Comisión Europea a decantarse por el uso del término
"escáneres de seguridad" en lugar de "corporales", con el objetivo de
recalcar su utilidad en términos de protección contra el terrorismo y de
"desdramatizar" su uso, según reconoció la portavoz Helen Kearns.
Por motivos de salud, la Comisión Europea sólo
autoriza el uso de escáneres que no utilicen rayos X y cumplan con los
estándares de seguridad de la Unión Europea.
La CE recalcó que tanto el Consejo como el
Parlamento Europeo se han mostrado conformes con las medidas incluidas
en la propuesta hoy aprobada, que enmienda el reglamento ya existente
sobre seguridad en la aviación y aeropuertos y entrará en vigor en unos
20 días. EFE
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