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miércoles, 13 de marzo de 2013

LA UASD: LUZ DE LA CALLE Y OSCURIDAD DE LA CASA

Autor José Tavárez
 
Con esta expresión solía referirse mi finada madre a aquellos que tenían un buen comportamiento hacia la sociedad pero malo con respecto a la propia familia. El dicho viene a cuento por la forma en que se actúa en  nuestra UASD, donde con frecuencia sus acciones contradicen lo que se reclama a otros.

Exigimos transparencia, pero nuestros procedimientos internos no siempre cumplen con esta demanda. Somos paladines de los derechos humanos pero abundan las quejas de que internamente se desconocen. Propugnamos por una sociedad democrática pero el autoritarismo se hace presente a la hora de dirimir nuestras diferencias internas.

Si nos queremos encontrar con una práctica autoritaria y restrictiva de la democracia, solo tenemos que darle una mirada al Reglamentos para Elegir a Directores/as y Subdirectores de Recintos Universitarios, que entre otras cosas exige: “…un mínimo de diez (10) años en la carrera académica, incluyendo los últimos cuatro (4) semestres anteriores a las elecciones impartiendo docencia de manera ininterrumpida en el Recinto Universitario para el que se postula, ser residente permanente y domiciliado en la provincia donde se encuentra el Recinto por lo menos tres años antes de su postulación, haber dirigido por lo menos una unidad académica en la Institución”.

Sucede que, tomados estos requisitos al pie de la letra, se podrían contar con los dedos de las manos los/as docentes habilitados/as para ser candidatos/as. En unos recintos que apenas se inician (octubre de 2012) se están exigiendo condiciones como si  llevaran años en funcionamiento, aparte de que varios de los requerimientos no existían en los Centros Regionales convertidos a la nueva modalidad (SFM y Santiago).

Uno no quisiera ser mal pensado, pero en el caso de Santiago, esta reglamentación parece un traje a la medida de gente con autoridad, que incluso participa en la toma de decisiones en el organismo que elabora el Reglamento. Es como si se temiera a la confrontación y se buscara forzar la abstención de alguien que pudiera disputarle las preferencias electorales en el Recinto.

Se le exige al docente de los centros haber coordinado unidades académicas que solo existen en la Sede o que resida permanentemente en la provincia donde se encuentra el Recinto Universitario, pasando por alto el carácter regional del mismo. Todo esto parece muy forzado, aunque no haya sido la intención de quienes concibieron el Reglamento.

De la universidad debiéramos esperar que facilitara la participación democrática en lugar de restringirla; que actuara con equidad en lugar de conceder ventajas a unos sobre otros; que no se expusiera a ser cuestionada e interpelada ante instancias extrauniversitarias por llevarse de encuentro derechos adquiridos por sus servidores.

Confiamos en que el Honorable Consejo Universitario, presidido por el señor Rector Mateo Aquino Febrillet e integrado por Vicerrectores, Decanos, Representantes de Centros y Recintos, Delegados profesorales, estudiantiles y de empleados; sabrá encontrar las soluciones apropiadas a la situación que se presenta con el Reglamento Electoral para Recintos Universitarios. En eso confiamos.

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