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viernes, 15 de febrero de 2013

PE somete al Congreso proyecto crea el Ministerio Energía y Minas

Escrito por: TÉOFILO BONILLA (t.bonilla@elnacional.com.do)
El Poder Ejecutivo sometió este viernes al Congreso Nacional vía el Senado, el proyecto de ley que crea el Ministerio de Energía y Minas.

Ese Ministerio estaría  encargado de formular y administrar las Políticas Energética y Minería Metálica y no Metálica Nacional, expresa el presidente Danilo Medina en la comunicación dirigida al presidente Senado, Reinaldo Pared Pérez.  


Precisa que corresponderá al Ministerio de Energía y Minas, formular, adaptar, evaluar y controlar las políticas estratégicas, planes generales, programas, proyectos y servicios relativos al sector energético  y subsectores de energía eléctrica, energía renovable, energía nuclear, gas natural, hidrocarburos y la minería.

Agrega que el Ministerio  de Energía y Minas asume todas las competencias que la Ley 290 del 30 de junio de 1966, otorga al actual Ministerio de Industria y Comercio en materia de Minería, Energía Hidrocarburos, y ejerciendo la tutela administrativa y la supervisión  de la Comisión Nacional de Energía (CNE), la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), la Superintendencia de Electricidad (SIE) y el Servicio Geológico Nacional (SGN).

“Espero, pues, que los honorables legisladores impartan su voto  de aprobación a este importante proyecto de ley que someto a su consideración, dice el jefe del Estado en su comunicación.

Uno de los considerandos del proyecto indica que dentro del Eje Tres de dicha estrategia se prevé como línea de acción inmediata “Revisar el marco regulatorio y consolidar  la institucionalidad del subsector combustibles, con fines de asegurar el funcionamiento competitivo, eficiente, transparente y ambientalmente sostenible de la cadena de suministros”.   
  
Considera además que la misma Estrategia Nacional de Desarrollo requiere fortalecer la seguridad jurídica, la institucionalidad y el marco regulatorio del sector eléctrico, como requisito indispensable para el desarrollo y competitividad nacional.

También anota que la organización del sector energético abarca la electricidad, las energías renovables, la eficiencia energética, la energía nuclear, los hidrocarburos y la actividad minera en materia de investigación, prospección, explotación y eventual de los recursos mineros metálicos y no metálicos.

Sobre la comercialización de los derivados del petróleo, el proyecto citado indica que seguirán siendo manejados por el Ministerio de Industria y Comercio.

En su artículo 5 de la iniciativa se establece que el Ministerio de Energía y Minas lo conformarán los vice ministerios: a) de energía, b) de energía nuclear, c) de minas, d) de hidrocarburos, e) de seguridad energética e infraestructuras f) de ahorro energético y gubernamental, los cuales dependerán del Ministro de Energía y Minas.

El artículo 9 establece que de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública, ordena que los organismos descentralizados adscritos al Ministerio para  que llenen sus cometidos institucionales, quedan adscrito al Ministerio de Energía y Minas: la Comisión Nacional de Energía (CNE), la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas  Estatales (CDEEE), la Superintendencia de Electricidad (SIE) y el Servicio Geológico Nacional (SGN), así como, cualquier organismo descentralizado creado o por crear con incidencia en el sector de energía y minas.

El artículo 12 establece que el Ministerio de Energía y Minas administrará los fondos especiales creados por la Ley 112-00 para uso en el fomento de programas de energía alternativa, renovable o limpias y para los programas de ahorro de energía.

Y el artículo 18, establece que a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, los Departamentos de Biocombustibles y de Energía no Convencional, del Ministerio de Industria y Comercio, quedan suprimidos por duplicar las competencias legalmente establecidas al Ministerio de Energía y Minas.

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