La Fundación Justicia y Transparencia (FJT) y la
Librería Jurídica Global celebraron un conversatorio sobre El Derecho a
la Intimidad y el Uso Punible de los Celulares entre Pareja, a raíz del
revuelo social y jurídico causado, por las controversiales declaraciones
de la fiscal titular del Distrito Nacional, quien estableció a través
de su cuenta de Twitter, que revisar el teléfono de la pareja sin su
consentimiento es un delito y se castiga con pena de tres meses a un año
de prisión y multa de uno a 200 salarios mínimos.
La fiscal avaló su afirmación en un artículo de la ley 53-07 sobre
Crímenes y Delitos de Alta Tecnología: qué establece, Artículo 6.-
Acceso Ilícito, que establece que el hecho de acceder a un sistema
electrónico, informático, telemático o de telecomunicaciones, o a sus
componentes, utilizando o no una identidad ajena, o excediendo una
autorización, se sancionará con las penas de tres meses a un año de
prisión y multa desde una vez a doscientas veces el salario mínimo.
La actividad estuvo coordinada y dirigida por el presidente de
Justicia y Transparencia Trajano Potentini, desarrollándose con la
participación de los juristas Cándido Simón Polanco, Jhon Garrido, Blas
Minaya Nolasco y Diego José García, quienes al referirse al tema
coincidieron de manera enfática y categórica, en que la revisión de los
celulares entre pareja no constituye delito alguno y que las
afirmaciones de la fiscal del distrito están descontextualizada.
Simón Polanco, refirió que el acceso ilícito en el contexto de la
ley 53-07, hace referencia a sistema informático, violado normalmente
por vía remota con la intención de sabotear, dañar y|o robar
informaciones, situación ajena a la relaciones entre pareja donde
inclusive no existe el robo de conformidad con los dictados del artículo
380 del código penal.
Para Jhon Garrido, de ser ciertas las consideraciones de la fiscal,
entiende que colapsaría el sistema de justicia penal por la cantidad de
querellas que recibiría a diario; además concibe al matrimonio como un
contrato, con bienes comunes, donde la finalidad constitucional prevista
en el artículo 55, lo que procura es la protección de la familia como
espacio fundamental de la convivencia social en un clima de confianza e
intimidad recíproca.
Blas Minaya, calificó de absurdas y fomentadoras del conflicto social
entre parejas las aseveraciones de la fiscal, -asimismo llamo la
atención del ministerio público a los fines de que propicien un clima de
protección y armonía en el seno de la familia dominicana como núcleo y
espacio vital de la sociedad, considerando no la protección de la mujer,
del hombre o de los niños, sino la familia.
Diego José García, consideró como inviable y absurdas las
consideraciones de la fiscal, en el entendido de la imposibilidad de
entronizar el quimérico delito en el procedimiento penal, en relación
con la prueba y otros mecanismos atinentes al debido proceso de ley
impracticables en el supuesto de que la revisión del celular
constituyera delito.
En el conversatorio también se dieron cita diversas personalidades
del ámbito jurídico y académico del país, entre los que se destacan el
diputado Orlando Espinosa, Elizabeth Mateo y Álvaro Camaño del
movimiento cívico Toy Jarto, y Julio Cesar de la Rosa, entre otros.
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