Santo Domingo .- El Tribunal Superior
Administrativo (TSA) rechazó la acción de amparo interpuesta por los
jueces suplentes del Tribunal Superior Electoral en contra de ese
organismo, por lo que los accionantes recurrirán ante el Tribunal
Constitucional (TC).
Mediante la sentencia 306-2013 del pasado 14 de
agosto, el TSA establece que a los accionantes, Ernesto Jorge Suncar
Morales, Román Jáquez Liranzo y Rosa Pérez de García, no les fueron
vulnerados sus derechos fundamentales, por lo que consideraron que no
procede la acción de amparo interpuesta contra los titulares del TSE.
Los accionantes fueron notificados el pasado
viernes mediante acto de alguacil por los abogados del TSE, y a partir
de entonces disponen de un plazo de cinco días para recurrir la
sentencia ante el Tribunal Constitucional (TC), por lo que estos, en un
comunicación enviada a El Nuevo Diario, aseguraron que procederán ante
el TC en el plazo previsto.
Antecedentes El pasado 27 de julio de 2012,
los jueces suplentes del TSE, remitieron una comunicación a los
titulares del organismo en la cual reclamaban una revaloración de la
remuneración que recibían, ya que según decían, el pago de una dieta de
45 mil pesos no constituía un salario ajustado a su la disponibilidad
laboral permanente y los excluía de los sistemas de pensión del Estado
Dominicano y del acceso a seguros de salud y de vida.
Es por eso, que el pasado 12 de julio de 2013,
los suplentes Suncar Morales, Jáquez Liranzo y Pérez de García,
interpusieron un recurso de amparo ante el TSA, ya que dicen sentirse
excluidos y marginados. En los últimos días ha salido a flote las
diferencias entre los jueces titulares del TSE y los suplentes ante la
inconformidad de los segundos.
En este sentido, aseguran que nunca han sido
llamados para cubrir, según el mandato de la Ley, las ausencias
reiteradas de los jueces titulares, quienes han dejado sus funciones
durante 3 y 4 días laborables para viajar a otros países.
Los suplentes Julio César Madera Arias, Blaurio
Alcántara, Ernesto Suncar Morales, Román Jáquez y Rosa Pérez de García,
han sido requeridos sólo para asistir en calidad de oyentes en algunas
audiencias.
Según consta en su demanda, generalmente son
convocados el mismo día en la mañana o apenas un día antes, sin que
medie un plazo razonable entre la convocatoria y las audiencias.
Autor: LAZARO MEDINA
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