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lunes, 27 de septiembre de 2010

AL POR MAYOR

CULTURA VIVA



Por Lincoln López



Las cosas Al Por Mayor tienen por lo menos una característica, es que son voluminosas.

En la actividad llamada comercio, existe una modalidad que es vender productos en grandes cantidades, por ejemplo, vender sacos de arroz en vez de una libra, es una venta al por mayor, la contraria, es al detalle. Un negocio puede ser de una o de ambas maneras. Esa forma de comerciar debe estar presente en todos los municipios dominicanos.

Tan común es esa actividad que transferimos nombre de Al Por Mayor para referirnos a otras cosas: ese hombre tuvo hijos al por mayor…

Por lo tanto, lo abultado de una actividad puede generar esa expresión. Así la usó recientemente un destacado comunicador social en un programa local de televisión cuando dijo: “los actos delincuenciales que están ocurriendo en la país son al por mayor”…. es decir, son muchos.

¿Qué espera la sociedad de esos lamentables sucesos? Castigo judicial para cada responsable. Digamos, un asesinato en tales y cuales circunstancias: treinta años; un robo en tales y cuales condiciones, equis años, así, la violación de menores o de mayores, en fin, toda la amplia gama de delitos y crímenes consignados como tales en el código correspondiente. Pero en nuestro país desde hace mucho tiempo existe el Principio Del No Cúmulo de Penas. Esto quiere decir en sentido general, que la sanción no se suma por la cantidad de actos violatorios cometidos, aunque existen casos de una la pena mayor dentro de cada renglón, y una que otra excepción.

Las delincuencia cometidas “al por mayor” tiene una sanción proporcionalmente menor. Por ejemplo, en el caso que ocurrieran 30 asesinatos, con todos los elementos probatorios que lo tipifican como tales, la pena máxima de 30 años. Igual que si fuera una o dos personas las victimas. Los dos hechos son graves pero no iguales. Esta situación nos parece injusta al margen de las argumentaciones jurídicas. Nos parece que la vida humana tronchada por actos vandálicos se está desvalorizando, y no debe comerciarse el castigo como si se tratara de productos como los plátanos o el arroz…

El país generalmente aplica acoge normalmente modelos, patrones de conducta, tecnologías, de sociedades más avanzadas que la nuestra, pero no hemos acogido el de la sumatoria de las penas. No sabemos las razones al respecto. Por los medios de comunicación nos enteramos que la mayoría de esos países desarrollados condenan a procesados a 40, 50, 99 y más años…,Por qué aquí no pasa igual? Cuál de los dos está equivocado, ellos o nosotros?. Estamos atrasados o muy adelantados en ese sentido?. Esos principios, deben ser o no revisados?. Cuáles son resultados en ambos casos?

Una situación diferente es la pena la muerte, la cual no compartimos.

Visto simplemente así, se puede afirmar que las penas favorecen a los delincuentes “al por mayor”, y son más severas para los “minoristas”.

El pueblo lo dice más o menos así: el castigo es mayor para los ladrones de gallinas que para los ladrones de millones.







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