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miércoles, 10 de junio de 2009

Poder Ejecutivo promulga ley regula tránsito tránsito







El Poder Ejecutivo promulgó la ley que regula el tránsito, las construcciones en isletas, y prohíbe la edificación de cruces, puentes y brechas que dividan los carriles de autopistas y carreteras en todo el territorio nacional.


De acuerdo a la ley, marcada con el número 174-07, se dispone que siempre que la calzada de una vía pública estuviera dividida en dos o más carriles para el tránsito en direcciones opuestas, mediante el establecimiento de un espacio de una isleta, todo vehículo debe ser conducido solamente por los carriles a la derecha de dicho espacio o isleta y el carril izquierdo será destinado exclusivamente al rebase de vehículos de motor.


En el artículo se hace una excepción si el tránsito se autoriza mediante señalamiento al efecto, y ordena que ningún vehículo debe ser conducido por o sobre dicho espacio intermedio o isleta cruzando los mismos, excepto en aquellos sitios donde hubieran brechas en el espacio intermedio o en el cruce de una intersección.


En el decreto se prohíbe la construcción sobre isletas sin que esté en diseño original de las vías autorizadas por la Secretaría de Obras Públicas y su violación será castigada con multa de entre diez a treinta salarios mínimos y la reincidencia con multa de 20 a 30 salarios mínimos.


Las regulaciones incluyen categorías como corredor ecológico y paisajes protegidos como las autopistas Duarte y 6 de Noviembre, que cubrirán una franja de 40 metros de ancho a ambos lados de las vías, contado desde el borde superior del talud de los cortes y de la base del talud de los rellenos, así como las zonas divisorias, isletas de separación intra-vial y áreas verdes de amortiguamiento.


“En los casos donde el terreno colindante a las autopistas sea propiedad del Estado, dicha franja podrá aumentarse hasta 500 metros mediante resolución de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales”, expresa el decreto.


La disposición ordena a la Secretaría de Obras Públicas la ejecución y vigilancia de la ley, así como la eliminación de los cruces, puentes, brechas e intersecciones existentes en los espacios intermedios o isletas que dividen las autopistas.


Añade que las autopistas y carreteras podrán ser incorporadas a los corredores ecológicos por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y faculta al Ministerio Público a mover la acción pública por iniciativa propia o por denuncia de ciudadanos si se incumple la ley. CIG
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