viernes, 11 de noviembre de 2011

LOS DISTINTOS ESTADOS


CULTURA VIVA



Por Lincoln López
Intelctual dominicano


            La humanidad en su tránsito como sociedad se ha organizado políticamente a través de un Estado desde donde emanan las normas que la guían, ejerciendo ese poder en un territorio previamente determinado, y básicamente para un conglomerado de personas que es el Pueblo. 


            El Estado ha tenido varias formas de manifestarse, una de ellas ha sido a través de la monarquía, llamados también centralizados. Los hay autónomos que son varios “subestados” dentro de otro nacional; se encuentran los estados federados como es el caso de Estados Unidos de Norteamérica, hay autores que incluyen los macroestatales, verbigracia La Unión Europea. 

Por el tipo de régimen político son clasificados, además, en no democráticos llamados también “Estados de fuerza” como las dictaduras, y los democráticos, llamados Estados de derecho, que pueden ser parlamentarios o presidencialistas.

            El Estado de derecho dominicano es el Presidencialismo que como se sabe es un sistema constituido por una República, se establece en tres poderes el legislativo, el ejecutivo y el judicial, además el Presidente tiene una doble función porque es Jefe del Estado y jefe del Gobierno desde el Poder Ejecutivo. Para algunos casos específicos el presidente tiene facultad para legislar. 

            El estado de derecho dominicano se inicia en el mismo año de la Independencia Nacional, 1844,  cuando la Junta Central Gubernativa dictó un decreto convocando al pueblo a elegir a los miembros de la Asamblea Constituyente que debía redactar la nueva Constitución de la República. Unas vez electos se reunieron desde el mes de septiembre en la ciudad de San Cristóbal. Terminada la redacción de la misma fue promulgada el 6 de noviembre de 1844 que inicia así:

                                            DIOS, PATRIA Y LIBERTAD
                                                 REPUBLICA DOMINICANA

                                      EN EL NOMBRE DE DIOS UNO Y TRINO,
                                   AUTOR Y SUPREMO LEGISLADOR DEL UNIVERSO

Los Diputados de los pueblos de la antigua parte Española de la Isla de
Santo Domingo, reunidos en Congreso Constituyente Soberano,cumpliendo con los deseos de sus comitentes,que han jurado no deponer las armas hasta no consolidar su independencia política
fijar las bases fundamentales de su gobierno, y afianzar  los imprescriptibles derechos
de seguridad, propiedad, libertad e igualdad, han ordenado y decretan, la siguiente
CONSTITUCION POLITICA.
                   
            Varias Reformas se han operado en la misma en nuestra vida republicana y hasta se han redactado nuevos textos, aunque manteniendo los principios que le dieron origen.
La más reciente tiene cerca de un año de existencia. 

Es mucho más moderna y más extensa. Contiene además, instituciones como el Tribunal Constitucional, actualmente en proceso de selección de sus miembros en un proceso público para conocer a sus aspirantes. 

            Muchas de las preguntas formuladas a los postulantes especialmente por el Señor Presidente de la República nos hizo pensar en el consagrado constitucionalista de fama mundial Gustavo Zagrebelsky y su libro “El derecho dúctil” en el que plantea que “el siglo XX es el siglo del Estado de derecho” pero que el Estado ha ido evolucionando hacia el Estado Constitucional, que es un concepto más amplio y modifica muchas de las formas del anterior o en proceso de transformación, el Estado de derecho, que debe ser analizado en otra entrega.

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